Los anfitriones sociales se refiere a los adultos que, intencionalmente o sin saberlo, organizan fiestas para menores de edad en su propiedad donde beben, independientemente de quién suministre el alcohol. Todo se basa en la propiedad en la que se comete el delito. El objetivo principal de la Ley de Anfitriones Sociales (Leyes Generales de RI 3-8-11.1) es disuadir las fiestas o reuniones en las que los adultos permiten a los menores beber alcohol, independientemente de que ellos lo proporcionen o no.
Primera infracción: Toda persona mayor de 18 años que infrinja la ley será culpable de un delito menor castigado con una multa no superior a 500 dólares.
Segunda y siguientes infracciones: Toda persona que infrinja la ley será culpable de un delito menor castigado con una multa que no exceda de 1.000 dólares, una pena de prisión que no exceda de un año, o ambas cosas.
Es posible que tenga que indemnizar o incurrir en cargos penales si alguien resulta herido, sufre una intoxicación etílica o muere como consecuencia del consumo de alcohol en su propiedad.